El Tribunal Supremo Electoral (TSE) estaría obligado a inscribir la candidatura presidencial del actual mandatario salvadoreño, Nayib Bukele, para los comicios de 2024, de acuerdo al magistrado Noel Orellana.

Orellana aseveró que la resolución de la Sala de lo Constitucional que avala la reelección presidencial inmediata es “una orden que el tribunal constitucional le está dando al Tribunal Supremo Electoral que, si en caso que el ciudadano presidente decidiere participar en una elección, en un nuevo período, el Tribunal Supremo Electoral tendría la obligación de inscribirlo”, indicó en una entrevista en Canal 67.

La resolución 1-2021 emitida del 3 de septiembre de 2021 habilitó la posibilidad de la reelección presidencial inmediata, interpretando el artículo 152, que detalla quiénes están inhibidos a convertirse en candidatos a la Presidencia de la República. La Sala interpretó que no pueden participar quien haya fungido como presidente en el periodo anterior permitiendo la reelección en periodo inmediato por una sola vez.

El funcionario electoral reiteró que, si el TSE no cumple la resolución, los magistrados del órgano electoral cometerían delito. “Estamos cayendo en un delito, por ejemplo, en el Código Penal, en un delito de desobediencia de sentencia emanada de tribunal superior”, indicó.

El presidente de la República, Nayib Bukele, anunció su decisión de lanzarse como candidato presidencial en su discurso de independencia del 15 de septiembre de 2022, un año después de la que se habilitara la reelección en periodo inmediato por la Sala de lo Constitucional que había sido electa el 1 de mayo de 2021 luego de la destitución de su antecesora.

La madrugada del 26 de junio, el partido oficial Nuevas Ideas anunció que Bukele y el vicepresidente Félix Ulloa se inscribieron como precandidatos para ser electos en internas del partido el 9 de julio pasado. La fórmula, única, obtuvo 44,398 votos, por lo que fue ratificada.

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El TSE se compone de cinco magistrados. Cuatro de ellos, la magistrada Dora de Barahona, presidenta del TSE, y los magistrados Noel Orellana, Guillermo Wellman y Rubén Meléndez han señalado el obligatorio cumplimiento de una resolución de la Sala de lo Constitucional; mientras, el magistrado Julio Olivo ha manifestado que cumplirá con la Constitución de la República.

Abogados del país señalan que la Constitución de la República tiene al menos seis artículos en los que prohíbe la reelección presidencial inmediata o en periodo inmediato o continuo.

El abogado José Marinero ha citado los siguientes artículos contra la reelección presidencial inmediata: la prohibición expresa de la reelección presidencial inmediata, artículo 152 inciso primero; pérdida de la ciudadanía por la promoción de la reelección presidencial, artículo 75 inciso cuarto; Asamblea Legislativa debe desconocer al Presidente si continúa en el cargo después de terminado su periodo, artículo 131 numeral 16; prohibición para que el Presidente permanezca en su cargo un día más, artículo 154; disposiciones sobre la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia irreformables, artículo 248; y si se viola este principio, el pueblo está obligado a la insurrección, artículo 88.

La resolución 1-2021 de la Sala de lo Constitucional indica que si el presidente opta por un segundo periodo inmediato "deberá sustituirlo el Vicepresidente, a quien, por defecto, el Constituyente sí se le prohíbe inscribirse como candidato por la misma función que este desempeña los últimos seis meses que sustituye temporalmente al Presidente de la República".

Bukele, sin embargo, optó por llevar al vicepresidente Félix Ulloa como candidato a vicepresidente Félix Ulloa, por lo que aún se desconoce la persona que sustituirá al presidente cuando solicite permiso seis meses antes de que inicie el nuevo período presidencial. El vicepresidente Ulloa y el jefe de fracción de Nuevas Ideas, Christian Guevara, han asegurado que tanto Bukele como Ulloa dejarán el cargo en diciembre de 2023. Guevara dijo que Bukele interpondrá una renuncia. Ulloa ha dicho que se trata de "un segundo mandato" no una reelección, ya que está prohibida por la Constitución.